jueves, 15 de mayo de 2014

Renta (parte II)

Plazo:

El plazo de presentación de las autoliquidaciones del IRPF, cualquiera que sea su resultado, será:

Entre los días 23 de abril y 30 de junio, ambos inclusive, si la presentación de la declaración se efectúa por vía electrónica a través de internet. Con domiciliación bancaria del pago, del 23 de abril al 25 de junio de 2014.

Entre los días 5 de mayo y 30 de junio, ambos inclusive, si la presentación de la declaración se efectúa por cualquier otro medio. Con domiciliación bancaria del pago, del 5 de mayo al 25 de junio de 2014.

Para borradores de declaración confirmados por vía electrónica:
- Sin domiciliación bancaria del pago, del 1 de abril al 30 de junio de 2014.
- Con domiciliación bancaria del pago, del 1 de abril al 25 de junio de 2014.

Para borradores de declaración confirmados por otras vías:
- Sin domiciliación bancaria del pago, del 5 de mayo al 30 de junio de 2014.
- Con domiciliación bancaria del pago, del 5 de mayo al 25 de junio de 2014.

Obligados:

Los obligados a declarar, se mantiene en 22.000 euros los rendimientos íntegros de los contribuyentes que no están obligados a presentar la declaración de la renta cuando procedan de un sólo pagador (si tienen más de un pagador la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros), y en 11.200 euros la renta máxima anual que exime de esta obligación a los contribuyentes que tienen más de un pagador y siempre que la suma del segundo o de los restantes pagadores sea superior a 1.500 euros.

Sí están obligados a declarar aquellos contribuyentes que aun teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así como reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad


Mari C. Cao Lema

Renta (parte I)

RENTA 2013

En plena campaña de la declaración de la renta, nunca está de más realizar un repaso a los aspectos más importantes a tener en cuenta para la presentación de la misma.

Para ello hay que tener en cuenta que Hacienda no conoce todas las circunstancias de nuestra vida, los cambios realizados, etc. Por ello el borrador es posible que tenga errores y es muy importante revisar los cálculos, pues no solo la información fiscal ya que esta a veces si está bien, aunque mal aplicada en el cálculo.

Que el borrador omita información fiscal, como deducciones o rendimientos obtenidos no implica que no sea revisable y sancionable que el contribuyente también omita esos datos.

 Varios de los puntos de los cuales no nos podemos olvidar son a  modo de ejemplo:
-          
-          Planes de Pensiones.
-          Solo deducción para viviendas compradas antes de 2013.
-          Deducción por rehabilitación o adaptación de hogares antes de 2013.
-          Ventaja fiscal para la venta de inmuebles urbanos adquiridos en 2012.
-          Alquiler de inmuebles hipotecados.
-          Impuestos para los premios de lotería.
-          Subida de la carga fiscal para las ganancias especulativas.
-          Pagos a sindicatos, ongs y partidos políticos.
-          Deducción por aportaciones realizadas a la creación de una sociedad.
-          Incentivos para la financiación de los “Business Angles”


Es importante y por ello, le dedicamos un punto y aparte a los jubilados que fueron emigrantes y cobran una pensión de un país extranjero, puesto que deben declararla en el apartado de retribuciones dinerarias, siempre que entren en los parámetros de los obligados. Para ello es necesario saber si tiene retención en el país que otorga la pensión y si es así se debe de marcar en la casilla 96 y así evitar que se tribute por lo ingresos en dos países a la vez.


Mari C. Cao Lema